PROCEDIMIENTO ADMISIÓN
ALUMNADO EN RESIDENCIAS ESCOLARES Y ESCUELAS HOGAR NORMATIVA APLICABLE:
- ORDEN de 10 de enero de 2019, por la que se convocan plazas de
residencias escolares y escuelas hogar para el curso escolar 2019/20.
- ORDEN de 28 de marzo de 2012, por la que se desarrollan determinados
aspectos del procedimiento de admisión del alumnado..., para el curso escolar
2012/13, dado que es de aplicación en la convocatoria actual.
- DECRETO 54/2012, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
PLAZO DE SOLICITUD: Se
establece el plazo desde el día 1 al 31 de marzo, ambos inclusive.
MODELO DE SOLICITUD Y LUGAR DE PRESENTACIÓN:
MODELO DE SOLICITUD Y LUGAR DE PRESENTACIÓN:
La solicitud será ÚNICA y según el modelo publicado en la Orden de
convocatoria como ANEXO I. Se presentará por duplicado, preferentemente, en la
Residencia Escolar o Escuela Hogar, donde el alumnado desea ser admitido, tanto
si es residente (RENOVACIÓN), como si es de NUEVA ADJUDICACIÓN.
REQUISITOS PARA OPTAR A UNA
PLAZA DE RESIDENCIA ESCOLAR O ESCUELA HOGAR: En todos los casos el alumnado
ha de cumplir ineludiblemente los requisitos de residencia, estudios y edad.
- RESIDENCIA: Residir en la
Comunicad Autónoma de Andalucía.
- ESTUDIOS: E. Primaria, E.S.O., Bachillerato, F.P. Inicial, Artes
Plásticas y Diseño, E. Deportivas, Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado
Superior, en un centro docente público o privado concertado.
- EDAD:
ü
E. Obligatorias (E. Primaria y E.S.O.): desde 6
a 18 años, cumplidos al 31/12/2019.
ü
E. Postobligatorias (C.F.G.M., C.F.G.S. y
Bachillerato): de 16 a 21 años, cumplidos al 31/12/19. Además del lugar de
residencia, los estudios y la edad, han de encontrarse en alguna de las
situaciones relacionadas a continuación:
MOTIVOS DE LA
SOLICITUD y documento que se debe aportar, según cada apartado:
a)
Lejanía del domicilio al centro e imposibilidad
de transporte. Si se firma la autorización para recabar información al I.N.E.,
NINGUNO. En caso contrario, certificado colectivo e histórico de
empadronamiento.
b)
Familias que pasan largas temporadas fuera de su
lugar de residencia (temporeros): Contrato de trabajo o Certificado del
Ayuntamiento acreditando dicha circunstancia.
c)
Familias en situación de dificultad extrema:
Informe de los Servicios Sociales.
d)
Hijo/a de mujer atendida en centro de acogida
por violencia de género: Certificado del Centro.
e)
Compatibilizar estudios de E.S.O. con Enseñanzas
Profesionales de Música o Danza: Fotocopia del impreso de preinscripción o de
matrícula.
f)
Compatibilizar la escolarización con la
progresión deportiva en clubes o entidades de superior categoría: Certificado
de la entidad deportiva.
Además de los
documentos citados anteriormente, es necesario acompañar los relacionados a
continuación:
– ANEXO I (MODELO DE SOLICITUD)
– D.N.I. (fotocopia)
– LIBRO DE FAMILIA COMPLETO (fotocopia)
–
Fotocopia de solicitud de plaza en el centro adscrito a la Residencia o Escuela
Hogar para la ENSEÑANZA OBLIGATORIA.
– Fotocopia del IMPRESO de preinscripción o de
matrícula en un instituto de la localidad para la ENSEÑANZA POSTOBLIGATORIA.
– RESGUARDO DE LA SOLICITUD DE BECA de la
convocatoria general de Becas y Ayudas al estudios del M.E.C. para el alumnado
de ENSEÑANZA POSTOBLIGATORIA.
OTRAS CIRCUNSTANCIAS
(DOCUMENTACIÓN) :
- Renta de la Unidad Familiar: Los datos
económicos del ejercicio 2017 (CASILLAS 415 + 435 - 557). Debe consignarse los
ingresos aunque no haya obligación de hacer la declaración de la renta. No es
necesario presentar fotocopia.
- Familia Numerosa: Carné de Familia Numerosa
vigente a la fecha de presentación de la solicitud.
- Familia Monoparental: Cuando la patria
potestad esté ejercida por una sola persona. Fotocopia del libro de familia
completo.
- Discapacidad del alumno/a y o discapacidad
de alguno de los tutores o hermanos/as: Que tengan reconocidos un grado igual o
superior al 33%. Resolución de la Delegación de Igualdad, Salud y Políticas
Sociales.
- Internamiento en centro penitenciario de
alguno de los tutores: Certificado del órgano competente en asuntos
penitenciarios.
INFORMACIÓN DE CARÁCTER
TRIBUTARIO:
Debe relacionarse
a todos los miembros de la unidad familiar y firmar quienes hayan cumplido 16
años o más, autorizando recabar los datos económicos a la Agencia Tributaria.
COSTE DEL SERVICIO PARA ENSEÑANZAS POSTOBLIGATORIAS: El alumnado de Enseñanzas
Postobligatorias contribuirá a la financiación de la plaza de residencia mediante
el abono de la cuantía mensual del precio público, que para el curso escolar
2019/20 será el importe de la beca de residencia para las diferentes
enseñanzas, que se recojan en la convocatoria general de becas y ayudas al
estudio para el referido curso escolar, dividido en diez mensualidades y se
abonará mediante el modelo 046, en los 15 días hábiles siguientes al que le sea
abonada la beca. Quienes no soliciten beca y quienes hayan obtenido la plaza al
amparo de lo establecido en el artículo 98 del Decreto 54/2012, de 6 de marzo,
(plazas libres) abonarán íntegramente el precio público, en los cinco primeros
días de cada mes.